El último informe elaborado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social indica que en el país hay 1,4 millones de personas que se inscriben bajo el área de trabajo doméstico en casas particulares.

Qué obra social le corresponde a las empleadas domésticas: ¿Qué cubre y cómo deben anotarse?

De acuerdo a la Unión de Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), la obra social para los trabajadores y trabajadoras del servicio doméstico es la O.S.P.A.C.P. (Obra Social para el personal auxiliar de casas particulares)

La obra social le corresponde a las empleadas domésticas que están registradas por su empleador en el sistema de seguridad social en la Argentina.

Esto es clave ya que la informalidad en este sector es muy amplia, y eso significa que los trabajadores del servicio doméstico quedan fuera de derechos sociales como el aguinaldo, la cobertura de la obra social derivada de su trabajo y licencias, la del sistema de riesgos del trabajo, etc. Esto último impide que reciban las prestaciones que el mismo prevé en caso de accidentes laborales o enfermedades profesionales.

Empleadas domésticas: ¿Qué me cubre la obra social Ospacp?

Las empleadas domesticas que trabajan en blanco, al igual que trabajadores de otros rubros, tienen derecho a tener una obra social que les ofrezca cobertura de salud: atención y consultas medicas, internación, estudios de diagnostico, urgencias, tratamientos, entre otros.

Una obra social para empleadas domésticas debe garantizar, como mínimo, los siguientes servicios de salud:

  • Atención médica
  • Internación
  • Medicamentos
  • O.S.P.A.C.P. es la obra social para el servicio doméstico en la Argentina, y tiene la obligación de cubrir para sus afiliados y afiliadas todos los servicios médicos y de salud correspondientes al Plan Medico Obligatorio o PMO. En la siguiente página web oficial se puede ver qué cubre el PMO en la actualidad.

No obstante, si la empleada doméstica lo desea, puede elegir otra obra social o prepaga. También puede adherir a sus familiares a la cobertura, abonando una diferencia de aportes.

¿Cómo acceder a la obra social para empleadas domésticas?

Para tramitar la inscripción a la obra social como empleada doméstica, en principio se tiene que cumplir la inscripción en el sistema de seguridad social y en la AFIP de parte del empleador. Luego la trabajadora o trabajador del servicio doméstico podrá iniciar el trámite en la obra social.

La empleada doméstica deberá solicitar en O.S.P.A.C.P. los formularios de empadronamiento y completarlos con sus datos personales y los del empleador, luego presentarlos en la oficina de la institución.

Los formularios de inscripción deben ser presentados con la siguiente documentación:

  • Fotocopias de la constancia de CUIT empleador. Si el empleador es trabajador en relación de dependencia, deberá presentar fotocopia de la constancia del número de CUIL o constancia de monotributo.
  • Fotocopia de alta del Empleador del Servicio Doméstico en la AFIP.
  • 2 Fotos color 4×4 (frente) del empleado.
  • Los empleados extranjeros que no posean DNI deberán presentar fotocopia de residencia precaria en el país otorgada por migraciones.
  • Fotocopia del CUIL del empleado.
  • Fotocopia de último aporte (F102/RT).
  • Fotocopia del DNI del empleado, primera y segunda hoja.
  • Fotocopia recibo de sueldo según resolución 077/2000 Art. 1° o recibo de pago form. 102
  • Formulario Beneficiario OSPACP
  • Formulario Empleador OSPACP

Una vez completada la inscripción en la obra social para las empleadas domésticas, para usar el servicio médico asistencial se deberá presentar fotocopia del depósito efectuado por el empleador en el banco, y el cupón del carnet que se consigue en la web de O.S.P.A.C.P y que se renovará mensualmente con dicha fotocopia.

 

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