La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) anunció este miércoles la prohibición de una crema para la piel y un esmaltado semipermanente, según lo publicado en el Boletín Oficial.

El organismo detalló en la disposición 5316/2022 que no se permite la venta en todo el país del producto PASTA LASSAR F.A VII del laboratorio TRIFARMA S.R.L., en todas sus formas farmacéuticas, en todas sus concentraciones y presentaciones. Según las razones publicadas, la empresa no cuenta con el registro correspondiente y, hasta que no obtenga las autorizaciones para elaborar y comercializar, seguirá vigente la medida.

El recupero de las unidades tienen un plazo de 30 días corridos y los documentos se deben presentar en el Instituto Nacional de Medicamentos debiendo cumplir en un todo con lo previsto en la Disposición ANMAT Nº1402/2008.

Las actuaciones mencionadas se iniciaron por un informe de la Dirección de Fiscalización y Gestión de Riesgos de INAME mediante el cual detallan acerca de una notificación Farmacovigilancia iniciado en la provincia de Santa Fe”, indica. Aseguran que hubo un presunto desvío de calidad rotulado.

Por otra parte, ANMAT también prohibió el uso del esmalte de la marca OMEX, legajo Nº1746 y todos sus contenidos netos por, también, estar falsamente rotulado. El establecimiento LABORATORIOS ARRAYANES S.A.C.I.A afirmó que vendió a la firma Alexia UNO S.R.L y habría reetiquetado el producto marca CLOU con una etiqueta marca OMEX.

Leé más notas de La Opinión Austral